Menores que salen de Colombia: permisos según residencia y compañía

Comprueba si la regla colombiana de permiso de salida aplica a menores colombianos, residentes y dobles nacionales, y prepara la autorización correcta.

Fuentes consultadas:

La regla depende de quién es el menor

La guía de Migración Colombia no impone el permiso de salida a todo menor extranjero que esté de visita. Lo exige a niños, niñas y adolescentes colombianos y a menores extranjeros con visa colombiana tipo R (residente); también menciona a venezolanos con Permiso por Protección Temporal. Si una de estas categorías aplica, el permiso de quien no viaja es parte de los requisitos, incluso cuando el menor tiene doble nacionalidad y vive fuera de Colombia: la página indica que debe cumplir como colombiano. Un menor extranjero turista que no tiene esa residencia no está incluido en esas categorías descritas para el permiso parental. Aun así, puede necesitar documentos para embarcar o entrar al destino. Migración Colombia: alcance del requisito.

Antes de planear la salida, identifica la nacionalidad, el tipo de visa o permiso colombiano y quién aparece en el registro civil. El pasaporte extranjero por sí solo no elimina la regla si el niño también es colombiano; a la vez, no concluyas que todo visitante extranjero necesita autorización de salida colombiana. Existen excepciones documentales, descritas más abajo, que debes verificar antes de pedir una autorización.

Si aplica el permiso

Cuando se requiere autorización del padre o madre que no acompaña al menor, esta debe indicar fecha de salida, propósito del viaje, fecha de regreso y con quién viaja. Migración Colombia pide que el registro civil de nacimiento se presente en copia física o como imagen legible; es relevante incluso si el pasaporte no muestra el nombre de uno o ambos padres. Lleva además el pasaporte o documento de viaje válido y, cuando aplique, visa o permiso vigente.

La forma de autenticar depende de dónde esté la persona que autoriza:

  • Si está en Colombia, la autorización se suscribe ante notario público.
  • Si está fuera del país, Migración Colombia indica que se autentique ante un consulado colombiano. Si no hay consulado cercano, pide que el documento esté en español, firmado ante notario público, apostillado y presentado en original.

No prepares una carta genérica sin verificar el contenido y la autenticación aplicables. Usa el formato que enlaza Migración Colombia y comprueba que las fechas, destino, motivo y acompañante coincidan con el itinerario real. Pregunta a la autoridad si hay escala internacional, itinerario abierto o cambios de fechas.

Casos que requieren documentos distintos

La guía oficial contempla el caso de un progenitor inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM): no exige el permiso de esa persona si se presenta en el control de salida el certificado original de inscripción en REDAM. No basta con afirmar que existe una deuda alimentaria. Confirma con Migración Colombia cómo obtener y presentar la certificación aplicable a tu caso.

Si uno de los padres falleció, la página distingue dónde ocurrió: para fallecimiento en el extranjero, indica certificado traducido al español y apostillado; su lista de requisitos también pide presentar el original del certificado de defunción cuando el padre o madre fallecido no viaja. Si ambos progenitores están en conflicto, se requiere permiso de juez de familia. Si la patria potestad corresponde a uno solo, se presenta copia de la sentencia ejecutoriada. La custodia cotidiana no equivale por sí sola a perder la patria potestad, así que no supongas que un acuerdo de custodia reemplaza el permiso del otro padre.

La escritura pública se acepta con copia y certificado de vigencia; Migración Colombia indica tres meses desde la expedición y luego un certificado no mayor de un mes. Para menores que llevan un año o más residiendo fuera, la página contempla una excepción documental condicionada: certificado de residencia expedido por el consulado colombiano y documento que establezca la custodia en cabeza del progenitor con quien sale el menor. Si viaja con un tercero, también pide el permiso del padre o madre custodio. No des por cumplida la excepción solo por vivir fuera; confirma la evidencia con el consulado.

Lista para antes de ir al aeropuerto

Confirma la categoría migratoria y nacionalidad del menor; revisa vigencia de pasaporte y visa; imprime o descarga una copia legible del registro civil; comprueba que cada autorización coincide con el itinerario y está autenticada en el lugar correcto; y reúne sentencias, actas u otros documentos si existe una situación familiar especial. Contacta a Migración Colombia o al consulado si los apellidos no coinciden, hay custodia o patria potestad extranjera, el menor reside fuera o el permiso fue expedido como escritura pública. La autoridad colombiana advierte que una sentencia extranjera sobre custodia o patria potestad puede requerir reconocimiento para surtir efecto en Colombia.

La guía oficial también publica los formularios y los canales de atención. Revísala nuevamente antes de viajar porque los controles y documentos aceptados pueden cambiar. Este resumen cubre la salida de Colombia; no sustituye los requisitos de la aerolínea, del país de destino ni los de entrada a Estados Unidos o Puerto Rico.

Consulta las fuentes oficiales

Revisa directamente la información vigente antes de comprar o viajar.

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